Casas móviles se definen en la ley de Nueva Jersey como una unidad de vivienda construida sobre un chasis permanente y diseñada para su uso como vivienda cuando se conecta a los servicios públicos. La ley de Nueva Jersey establece la titulación y registro de las casas móviles, además de proporcionar protección a los residentes de los parques móviles en el estado. Titulación Proceso
Titulación en Nueva Jersey es similar al proceso de titulación de un vehículo. El dueño de casa móvil debe proporcionar al New Jersey Motor Vehicle Commission certificado del fabricante de origen y la información con derecho de retención si la vivienda se financia. A partir de 2011 la tasa de titulación es de $ 65 si la casa rodante es propiedad absoluta, o $ 85 cuando la casa móvil se financia actualmente.
Nuevas exenciones estatales Jersey
Mobile casas están exentas en virtud de la ley de Nueva Jersey desde el registro y la inspección y, en algunos casos, una casa móvil usado está exenta del impuesto sobre las ventas. La exención no se aplicará a los remolques utilizados viajes, caravanas o vehículos de recreo.
Mobile Home Park Honorarios
New Jersey regula las tarifas del parque de casas móviles y residentes derechos bajo el Título 46 de las Leyes de New Jersey. Bajo la Sección 46:8 C-2, los residentes del parque móvil se dan una serie de derechos y protecciones. Dueños del parque no pueden cobrar los residentes una tasa adicional para la conexión de gas o aparatos eléctricos. Dueños del parque no pueden exigir a los residentes a comprar gas al parque, y los propietarios tienen prohibido mover o reubicar hogares a menos que se le da razonablemente necesaria ya 30 días de antelación. De particular a particular
Parque deben revelar plenamente conforme a la Sección 46:8 C-2 (c) todos los impuestos, contribuciones, cargos, normas y reglamentos por escrito a la futura residencia antes de la ocupación, y todas las tasas y cargos sólo pueden incrementarse después de dar 30 días de aviso por escrito.
Mobile Park Transferencia y Ventas
Bajo la Sección 46:8 C-3 (a) los operadores de parques móviles tienen el derecho de aprobar una compra de una casa móvil por un nuevo inquilino, pero no pueden exigir una tasa de aprobación a menos que la gestora del parque móvil actuó un agente a efectos de la venta de la casa móvil.